Pérdia parcial de puntos
El titular de un permiso o licencia de conducción que haya perdido una parte del crédito inicial de puntos asignado podrá optar a su recuperación parcial de dos maneras:
1. Realizando un curso de sensibilización y reeducación vial de 12 horas lectivas en un Centro concertado con la Administración.
- Este curso sólo podrá realizarse por una vez cada 2 años, con la excepción de los conductores profesionales, que podrán realizar el citado curso con frecuencia anual.
- El número de puntos que se pueden recuperar con estos cursos será de un máximo de 6.
- Realizado el curso, el interesado no deberá acudir a ninguna Jefatura Provincial de Tráfico, sino que el Centro le expedirá un certificado acreditativo de su realización con aprovechamiento, y lo comunicará telemáticamente a la Dirección General de Tráfico.
2. Por el transcurso del tiempo sin cometer infracciones. La ley dispone que transcurridos 2 años sin haber sido sancionados en firme en vía administrativa, por la comisión de infracciones que lleven aparejada la pérdida de puntos, los titulares de los permisos o licencias de conducción afectados por la pérdida parcial de puntos recuperarán la totalidad del crédito inicial de doce puntos. No obstante, en el caso de que la pérdida de alguno de los puntos se debiera a la comisión de infracciones muy graves, el plazo para recuperar la totalidad del crédito será de 3 años.
Ley de Seguridad Vial: El pasado día 24 de noviembre, se publicó en el BOE la modificación del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Entre otras, establece que con la realización de un curso de recuperación parcial de puntos, el titular podrá obtener hasta un máximo de seis puntos, en lugar de los cuatro que actualmente recibe. Se mantiene que este curso se puede hacer una vez cada dos años, excepto los conductores profesionales que lo podrán efectuar con una frecuencia anual. No obstante, y una vez consultado con DGT, la entrada en vigor de este apartado se producirá a los seis meses a contar desde la fecha de publicación de esta Ley.
Pérdia total de puntos
La pérdida total del crédito de puntos supone la pérdida de la autorización administrativa que habilita para conducir. Por ello, es necesario obtener un nuevo permiso o licencia de conducción.
Hasta que pueda volver a obtener una nueva autorización para conducir debe transcurrir un periodo de tiempo de 6 meses, en el caso de conductores no profesionales, y de 3 meses en el caso de conductores profesionales.
Transcurrido este periodo de tiempo puede ya obtener una nueva autorización administrativa para conducir. Para obtener esta nueva autorización son necesarias dos cosas:
- 1. Realizar y superar con aprovechamiento un curso de sensibilización y reeducación vial de 24 horas lectivas en un Centro concertado con la Administración. Superado el curso, el Centro expedirá una certificación donde se indicará que se ha realizado el mismo con aprovechamiento. Al mismo tiempo, el Centro comunicará telemáticamente este a la D.G.T.
- 2. Será preciso realizar una prueba en la Jefatura de Tráfico cuyo objeto estriba en acreditar que el conductor ha asumido los contenidos de los cursos de sensibilización.
La prueba no tiene relación alguna con las pruebas de conocimientos exigidas para la obtención de los permisos o licencias de conducción. No se exige la realización de pruebas prácticas. En el caso de que el interesado no supere la prueba en primera convocatoria, podrá presentarse nuevamente hasta un máximo de dos ocasiones, debiendo realizar previamente en cada una de ellas, un ciclo formativo de 4 horas de duración en el Centro donde realizó el Curso.
La pérdida parcial, total o recuperación de los puntos asignados afectará al permiso o licencia de conducción cualesquiera que sean las clases que comprendan.
Para mas información puedes acudir a las páginas oficiales:
www.cnae.com
www.dgt.es